domingo, 30 de abril de 2017

LOS CONTRATOS PEDAGÓGICOS. POST EVALUACIÓN 3. #INCLUSION

Los contratos pedagógicos.



Continuamos profundizando en la Post Evaluación. En varias estradas publicadas con anterioridad, hemos tratado diversos temas relacionados con:

*La sesión de Evaluación trimestral: finalidad, organización y preparación antes, durante y después de la sesión.

*La post evaluación 1: Análisis reflexión sobre los aprendizajes adquiridos y las calificaciones por parte del alumnado en tutoría.

*La post evaluación 2: Análisis de los resultados del trimestre a través del Claustro y Consejo Escolar y compartir los resultados con la Comunidad Educativa. 

Finalizamos  la trilogía dedicada a la post evaluación, con esta entrada en la que vamos tratar otro de los temas importantes en esta fase de la evaluación:


Los contratos pedagógicos.



Los contratos pedagógicos  son acuerdos negociados y consensuados entre el profesor/a, alumno/a y familia, destinado a conseguir una mejora en el proceso enseñanza aprendizaje del alumno, a través de propuestas concretas y viables que tienen un seguimiento sistemático.

En nuestro instituto, desde la primera sesión de evaluación trimestral y en las sesiones de evaluación posteriores, el Equipo Docente acuerda el alumnado que va a realizar los contratos pedagógicos, que son aquellos que no han superado tres o más materias.






Al firmar el contrato pedagógico, el alumnado se responsabiliza de las propuestas de mejora  y se compromete a cumplirlas. El Departamento de Orientación es el encargado de toda la gestión de los contratos y realiza un seguimiento semanal o quincenal. 



Los resultados, en general, suelen ser bastante buenos porque además de superar las materias, adquieren hábitos de estudio, responsabilidad y compromiso.

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